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Legislación

La influencia en la hostelería de la reforma de la ultraactividad de los convenios colectivos

10 Jul , 2013  

El pasado 7 de julio expiró el plazo previsto en la última reforma laboral para la entrada en vigor de la nueva regulación de la ultraactividad de los convenios colectivos. La ultraactividad significa que el convenio que ha perdido vigencia por llegar a su término temporal se prorroga automáticamente hasta que las partes lleguen a un nuevo acuerdo, situación que, hasta la última reforma, podía extenderse de forma indefinida.

Así, existían convenios colectivos en ultraactividad por varios años hasta que eran sustituidos por los nuevos, fruto de la negociación entre representantes de los trabajadores y empresarios. Ahora, la regulación de la ultraactividad impide esta solución a los desencuentros en la mesa negociadora y, de esta forma, el convenio colectivo que ha llegado a su término y que está negociándose ya no podrá prorrogarse de forma automática hasta que los sujetos negociadores alcancen un nuevo pacto, si ese período supera los 12 meses.

En principio, y sin entrar en las distintas y fundadas opciones interpretativas que se han ido articulando para evitar los efectos de la Reforma Laboral de 2012, superados los 12 meses de prórroga el convenio colectivo pierde de forma automática su vigencia y, en consecuencia, las condiciones de trabajo reguladas en el convenio que no ha sido sustituido por otro. Las relaciones contractuales a partir de ese momento pasan a regularse por el convenio de ámbito superior, si existiera. A falta de convenio colectivo de ámbito superior, la regulación de las condiciones de trabajo será la de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y sus normas de desarrollo.

Al ser la Ley laboral una norma de mínimos y que, por su propia naturaleza, no puede regular cuestiones tales como la jornada, el horario, el salario, los grupos profesionales, las funciones propias del grupo, etc.,  esta situación provocará, sin duda, un vacío normativo de importantísimas consecuencias para los trabajadores. Esto se añade a los efectos provocados ya por la Reforma Laboral de 2012 y el escenario de crisis económica en el que nos encontramos.

Sin embargo, nuestro sector turístico en la provincia de Santa Cruz de Tenerife escapará, al menos, de la situación normativa que la reforma de la ultraactividad provocará. El convenio colectivo de hostelería está vigente y no en ultraactividad, de modo que las empresas que tengan sus convenios de empresa denunciados y prorrogados en ultraactividad, llegados los 12 meses de prórroga se remitirán a la regulación convencional prevista en el convenio del sector.

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Mónica Molina García es abogada y profesora titular de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de La Laguna

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3 Comentarios

  1. Roberto dice:

    La verdad es que no estaba al día con este tema del convenio colectivo. Agarrémonos si esta es la realidad!!

    Yo lo que me pregunto es por qué en España las cosas van tan lentas en cuanto a todo. No creo que estén 12 meses negociando día a día. ¿Por qué no se le da vida a los debates y decisiones importantes lo antes posible?

    No viene al caso pero por poner un ejemplo, hace un mes me examiné de una oposición que se convocó en 2007. Me examiné 6 años después!

  2. EL BLOG DE ASHOTEL » La influencia en la hostelería de la reforma de la ultraactividad de los convenios colectivos , es adictivo, desde que os recibo no puedo parar de mirar todas vuestras sugerencias y me alegra cuando recibo uno más, sois lo mejor en español, me encata vuestra presentación y el curre que hay detrás. Un beso y abrazo,GRACIAS POR VUESTRO TRABAJO, nos alegrais la vida. muebles hosteleria

  3. Alicia dice:

    Hola lo que si me gustaría saber es ¿que derechos perderíamos del convenio de hostelería si realmente la reforma laboral siguiera en vigor y no se hubiera anulado por el tribunal supremo?

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