Varias son las noticias que han salido en los medios locales y nacionales cuestionando la utilización de determinado productos de cobertura −swaps y otros derivados− tanto por administraciones públicas, como concesionarios, agentes y empresas privadas. No será objeto de este artículo evaluar la idoneidad y conveniencia de casos específicos, sino poner de manifiesto que dichos productos existen por razones ampliamente justificadas, y que utilizados correctamente pueden ser determinantes a la hora de garantizar la viabilidad de los proyectos de inversión y/o empresas. Es más, me aventuro a asegurar que, quien más y quien menos, ha operado en más de una ocasión, ya sea de manera implícita o explícita, con instrumentos derivados o swaps de tipos de tipos de interés a lo largo de su vida.
Cuando realizamos un viaje a país extranjero con una divisa distinta al euro, todos nos preguntamos si debemos realizar el cambio de euro a la nueva de divisa ya, o por lo contrario esperar al momento del viaje o al llegar al destino, incurriendo con ello en un riesgo que puede hacer que nuestras vacaciones se salgan del presupuesto previamente establecido. ¿Estamos especulando? Sí, por supuesto, y así lo define la RAE: “Especular es reflexionar en un plano exclusivamente teórico”. Y es que todo en la vida es especulación, esperar a la época de rebajas para ir de compras, comprar el marisco de Navidad en octubre, etc. es especulación. Sin embargo, el mal uso de la palabra que hacen los medios de comunicación al tratar el asunto, sobre todo cuando se trata de grandes corporaciones, alcanza niveles exacerbados, otorgando una connotación negativa a un concepto que en realidad no lo tiene.
Volviendo al ejemplo inicial, la única diferencia entre cualquiera de nosotros cuando planificamos un viaje y las empresas que se hacen esta pregunta y actúan es que nosotros por operativa decidimos cambiar nuestros euros en dólares guardando esos dólares en el cajón de casa hasta el momento del viaje, y las empresas prefieren establecer un contrato con una entidad financiera para que se los cambie al tipo de cambio de ahora cuando vayan a viajar (o en este caso, cuando vayan a comprar sus materias primas en divisas)
Lo mismo ocurre con los tipos de interés y los swap de tipos de interés. No son más que contratos mediante los cuales dos partes (empresa y banco) se intercambian unos flujos variables por otros fijos, es decir, uno paga intereses a tipo fijo y recibe intereses variables de la otra parte, o viceversa. Así, si por ejemplo una empresa tiene un préstamo a tipo de interés variable pagando intereses en función de la evolución del Euríbor, y tiene previsiones de que el Euríbor en los próximos años puede subir −como ya ocurrió en niveles previos a las crisis donde llegó a situarse en el 4,75% respecto al -0,08% actual− lo más lógico es que decida, con el objeto de controlar los gastos por intereses a pagar para lo que queda de su préstamo, contratar un swap a tipo de interés fijo limitando así el importe de intereses que abonará durante toda la vida del mismo.
Este tipo de operaciones gana aún más sentido en aquellas empresas que fijan sus precios por márgenes, y que no pueden permitirse que cualquier movimiento adverso inesperado en el Euríbor en el largo plazo pueda hacer que el margen de su empresa se reduzca al pagar más intereses de lo previamente calculado, entrando en pérdidas. Más sentido tiene este tipo de actuaciones de cobertura en la financiación de proyectos de inversión o infraestructuras públicas donde los ingresos y/o canon a recibir por la explotación está vinculado a su uso, y cualquier desviación de una de las partidas de costes, como es el caso de los gastos financieros, puede suponer que, aun explotando correctamente la actividad, el proyecto acabe siendo inviable. Tal es la relevancia de este aspecto, que la totalidad de organismos multilaterales que financian infraestructuras públicas como el BEI y el Banco Mundial, obligan a todas las administraciones públicas y/o promotores del proyecto a minimizar el riesgo de tipos de interés de su financiación, exigiéndoles que fijen un tipo de interés fijo para su financiación, dejando sólo abierto el riesgo de explotación y demanda de la inversión acometida.
Los swaps son contratos mediante los cuales dos partes (empresa y banco) se intercambian unos flujos variables por otros fijos, es decir, uno paga intereses a tipo fijo y recibe intereses variables de la otra parte, o viceversa
De ahí que nos resulte llamativo que sean muchos los grupos políticos que cuestionen actualmente a determinadas administraciones públicas y/o ciertos proyectos de infraestructuras que, en un momento donde estaban soportando tipos de interés superiores al 5% con elevados niveles de deuda, planificaran limitar el efecto en sus cuentas contratando swap a tipo de interés fijo para minimizar ese impacto en los presupuestos futuros. Máxime cuando la contratación de un swap a tipo de interés fijo implica generalmente que para limitar los intereses máximos a pagar en el futuro, se tenga que renunciar ahora a aprovechar bajos niveles de tipos de interés, es decir, conseguir la estabilidad/tranquilidad en el largo plazo renunciando a potenciales mejoras ahora en el corto plazo. No tiene mucho sentido que se cuestione a un gestor que esté dispuesto a soportar en el corto plazo un mayor gasto, para que en el futuro el impacto de los intereses sea menor, más llamativo aún en el caso de los gestores de determinados proyectos públicos donde incluso puede que no continúen en siguientes legislaturas para aprovechar esa mejora.
A modo de ejemplo, si financiásemos hoy un proyecto a 10 años, en el caso de formalizar el endeudamiento a tipo de interés variable, el Euríbor sin margen que abonaríamos sería nulo o cercano al 0%. Si lo hiciéramos a tipo de interés fijo el tipo de interés se situaría en niveles cercanos al 1%. Teniendo en cuenta que mucho lloverá en los próximos 10 años, ¿será mejor gestor/director financiero aquel que paga intereses hoy al 0% y ya se verá mañana?, ¿o aquel que vele por la continuidad y viabilidad en el largo plazo de la empresa abonando un 1% durante los próximos 10 años? Muestra de que esta realidad empieza a estar interiorizada por muchos de nosotros y hasta los agentes públicos, es el hecho de que el porcentaje de hipotecas y préstamos a tipo de interés fijo se haya incrementado, y que en la nueva ley hipotecaria que acaba de aprobar el Gobierno se incentive específicamente la conversión de las hipotecas a tipo fijo. Es evidente que el escenario de tipos actuales no es normal, y que es un buen momento, con matices y siempre con un buen asesoramiento sobre precios y timing, para barajar la financiación de los proyectos de inversión a tipo de interés fijo.
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